miércoles, 23 de mayo de 2012

Importante. Cada uno en nuestro trabajo diario

Reflexiones de compañeros, para todos cada uno en nuestro trabajo, cumpliendo con nuestra obligacion, de  hacer cumplir el ordenamiento júdicio y la ley, nada más.

 

Evitar el intrusismo, la quiebra de la seguridad jurídico pública ciudadana, y la comisión de delitos , es un deber ciudadano de todos;  ver más ....



Asunto: Cada uno en nuestro trabajo diario

Una pequeña reflexión: 

Concemos la ley, conocemos las sentencias que señalan claramente que las potestades publicas no las pueden ejercer los no funcionarios, conocemos Órdenes escritas que instan a los Centros Directivos a que las potestades publicas sólo las ejerzan los funcionarios. 

Ya solo nos falta cumplirlo todos nosotros. Que en cada uno de nuestros puestos de trabajo dejemos de colaborar con esta usurpacion, que sabemos es un delito, apliquemos la ley y hagamos que se aplique, es un trabajo individual y muy eficaz, no son necesarias manifestaciones multitudinarias ni actos públicos.

No hace falta ser Jefe de Servicio para colaborar o no, cualquiera podemos, basta con no tragar en la medida de nuestras posibilidades, que no es poco.

Un abrazo, compañeros. 



De la EXPA alternativa, comentario y noticia Gracias.

  • Denuncia!!! Los puestos de la Guardia Civil y las comisarías del Cuerpo Nacional de Policía te están esperando. Ayer, entraron por la puerta falsa; hoy, te bajan el sueldo para no ponerlos en la calle. Mañana, serás tú -funcionario o laboral- al que pongan en la calle.... Reacciona o te comen...




Intrusismo en la Junta de Andalucía

JOSÉ ANTONIO LENCINA GARCIA, Málaga. 22/05/2012 |11:00 h.
  • 1 comentarios
  • A
Quien acuda a una oficina de la Junta de Andalucía puede informarse de quién está detrás de la mesa atendiéndole o usando un despachito. Existe la Hoja de Acreditación de Datos (Sirhus), así como acreditaciones con el logo de la Junta de Andalucía para demostrar si una persona es empleado público de la misma . En caso de que la persona que nos atendió no lo fuera, podemos denunciarla en la Comandancia de la Guardia Civil más proxima. El art.402 del código Penal dice así: El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.\".Para denunciar no hace falta ni abogado ni procurado, no hay que demostrar nada, simplemente se trata de comunicar lo que entendemos que es un Delito. Es un deber de buen ciudadano.

Aplicable a todas las Agencias.

Asunto: Cumplimiento Instrucción Interna SGT Consejería de Medio Ambiente


En relación al asunto de referencia, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción Interna de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, en la que se recoge parte del Auto número 107/2012, de 4 de abril, por el que el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Sevilla, decide requerir a la Administración para que ninguna potestad o función que según la ley deba ejercerse por funcionario público pueda ser realizada por el personal no funcionario de la extinta EGMASA, so pena de poder incurrir en delito de usurpación de funciones, prevaricación y colaboración necesaria, y a fin de  evitar incurrir en responsabilidad penal por parte del funcionariado que como  consecuencia del sistema de trabajo instaurado por la Consejería de Medio Ambiente "trabaja, directa o indirectamente, con los trabajadores de la actual AMAYA, y en orden a evitar actuaciones irregulares e ilegales, y antes de realizar cualquier trámite o acto en el que se tenga relación con dichos trabajadores, cuyos informes, actuaciones, etc carecen de fé pública y seguridad jurídica, (personal laboral privado que no es EEPP) y caso de que se requiera la realización de cualquier trámite o acto administrativo relacionado con la Agencia y teniendo en cuenta la instrucción recibida, los funcionarios responsables se recomienda eleven escrito solicitando instrucciones al respecto al correspondiente superior jerárquico, para que sea éste quien asuma y se pronuncie fehacientemente y por escrito, que este personal esta habilitado legalmente para hacer dicha competencia administrativa, y concrete y enumere taxativamente, para evitar actuaciones administrativas ilegales  la base jurídica de la misma, así como que  tareas desarrolladas por el personal de la Agencia en la ejecución de las encomiendas "no conllevan en ningún caso el ejercicio de funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas", corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos" de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Estatuto Básico del Empleado Público (reserva legal) ; citase a título de ejemplo de las actuaciones irregulares que estamos padeciendo, las últimas encomiendas de gestión publicadas en el BOJA de 3 de mayo de 2012, que continuación se relacionan:

-          Resolución de 9 de enero de 2012, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico, por la que se da publicidad a la encomienda de gestión que se cita: "Puesta en marcha del Banco Público de Agua. Revisión de los expedientes de aprovechamientos de aguas antes de ordenar su inicio y comunicación"

-          Resolución de 12 de enero de 2012, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico, por la que se da publicidad a la encomienda de gestión que se cita: "Seguimiento de la calidad de las aguas continentales de los Distritos Hidrográficos Intracomunitarios de Andalucía. Huelva, Cádiz, Málaga, Granada y Almería"

-          Resolución de 16 de enero de 2012, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico, por la que se da publicidad a la encomienda de gestión que se cita: "Seguimiento del Plan de Vertidos al Dominio Público Hidráulico de los Distritos Hidrográficos Intracomunitarios de Andalucía. Huelva, Cádiz, Málaga, Granada y Almería"

Hasta tanto no se produzca dicho pronunciamiento hay que optar por la máxima  prudencia y seguridad jurídica, en el ejercicio de nuestras competencias y funciones públicas a fin de evitar participar como "colaboradores necesarios" en el delito de "usurpación de funciones" públicas,  tipificado como tal en el Código Penal, siendo responsabilidad de nuestros superiores, como ya han determinado y precisado el juzgado evitar mediante las correspondientes instrucciones de servicio publicas y difundidas por escrito, que esto ocurra.

23 de Mayo de 2.012.





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