jueves, 8 de marzo de 2018

El ex interventor sobre el caso ERE: "No es serio que la Cámara de Cuentas no dijera nada en 10 años" + La juez Nuñez rechaza volver a incluir a altos cargos en las piezas separadas de los ERE = En la Andalucía del Régimen, la corrupción es el sistema…..¿la tela de araña andaluza, se extiende a sede judicial? ¿Otra vez la Sra. Bolaños abre la puerta a la impunidad juntera, raro muy raro?


CASO ERE.  El ex interventor sobre el caso ERE: "No es serio que la Cámara de Cuentas no dijera nada en 10 años".




  • Manuel Gómez Martínez no entiende cómo el órgano fiscalizador no analizó las cuentas de la Agencia IDEA ni tampoco las 'transferencias de financiación'.
  • El acusado desacredita también el informe de los peritos que habla de "fraude" en el reparto de subvenciones.

ANDALUCÍA. La juez Nuñez rechaza volver a incluir a altos cargos en las piezas separadas de los ERE







CASO ERE
El ex interventor sobre el caso ERE: "No es serio que la Cámara de Cuentas no dijera nada en 10 años".


  • Manuel Gómez Martínez no entiende cómo el órgano fiscalizador no analizó las cuentas de la Agencia IDEA ni tampoco las 'transferencias de financiación'
  • El acusado desacredita también el informe de los peritos que habla de "fraude" en el reparto de subvenciones.

El ex interventor general de la Junta, Manuel Gómez Martínez, arremetió este miércoles con dureza contra los auditores de la Cámara de Cuentas que, en diez años, nunca fiscalizaron las cuentas de la Agencia IDEA -pese a que éste es uno de los entes intrumentales más importantes de la administración autonómica-, ni tampoco la partida presupuestaria 31-L -la bautizada como 'fondo de reptiles'-, que sirvió para pagar las ayudas a los trabajadores y empresas supuestamente en crisis eludiendo todo tipo de controles: «No me parece serio que la Cámara no haya dicho nada en 10 años y los auditores vengan aquí y digan lo que dicen», afirmó Gómez Martínez.

El ex interventor, para el que la Fiscalía pide 6 años de prisión por malversación y prevaricación, admitió que había «muchas deficiencias» en los expedientes de las ayudas pero afirmó que esas deficiencias no implicaban un «menoscabo» de fondos públicos.

El funcionario aseguró también que nunca tuvo noticia del convenio marco firmado entre la Consejería de Empleo y el IFA (Instituto de Fomento de Andalucía que después se transformaría en la Agencia Idea) que amparó el pago masivo de las subvenciones y que, según la Fiscalía, permitió sortear todos los controles previos de fiscalización.


La declaración del ex interventor de la Junta se esperaba con gran expectación en el juicio de la pieza política de los ERE, no ya sólo por la importancia de su papel en la fiscalización de las cuentas sino sobre todo porque, en sus declaraciones anteriores, había señalado con claridad al Gobierno andaluz por haber «mirado para otro lado» pese a los 17 informes que emitió su departamento durante la década en la que él estuvo al frente, alertando sobre las irregularidades en la gestión de las ayudas a trabajadores y empresas en crisis.


Sin embargo, a Gómez Martínez se le reprocha -y así lo admitió él- que no presentara un 'informe de actuación', la herramienta que sí hubiera obligado a la Consejería de Empleo a corregir las deficiencias detectadas en las ayudas. Y por «esta omisión» -explicó el ex interventor- «me piden prisión».


Previamente, el acusado había intentado desacreditar también el dictamen de los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado -dependientes del Ministerio de Economía- que elaboraron un informe sobre el caso a instancias de la juez Mercedes Ayala, y cuyo resultado es pieza fundamental en el sumario.


En ese informe, se considera «fraudulenta» la fórmula empleada por la Junta para inyectar fondos a la Agencia IDEA, convertida en la 'caja pagadora' de las subvenciones. Hablar de «fraude» constituye, a ojos de Gómez Martínez, un «exceso conceptual». Su tesis es que el uso de las tranferencias de financiación para alimentar la partida de los ERE era «inadecuada» pero no ilegal.



La juez Nuñez rechaza volver a incluir a altos cargos en las piezas separadas de los ERE
La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía, ha rechazado la solicitud de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada de dejar sin efecto la decisión de excluir de las piezas separadas incoadas a los ex altos cargos del Gobierno andaluz juzgados actualmente por el procedimiento específico promovido para canalizar tales subvenciones.

En una providencia, con fecha de 1 de marzo de 2018 y a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada, visto el escrito del Ministerio Fiscal con fecha de 19 de febrero presentado en la pieza separada que investiga las ayudas a la empresa Cetro Aceitunas y teniendo por realizadas las manifestaciones que en el mismo constan, señala "estar a lo acordado" en auto de 20 de septiembre de 2017.

De esta manera rechaza la juez instructora la solicitud del Ministerio Público recogida en el escrito presentado ante el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, a raíz de la resolución por el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia, que juzga a 22 ex altos cargos de la Junta, entre ellos los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por el conocido como 'procedimiento específico', de las cuestiones previas y en cuyo auto "vino a proclamar que, en ningún caso, constituyen objeto de enjuiciamiento en el mismo la concesión y pago de ayudas concretas, que se concedieron y pagaron al amparo del sistema conocido como 'procedimiento específico'".

En su escrito, la Fiscalía solicitaba dejar sin efecto la exclusión de la pieza separada de Cetro Aceitunas acordada por autos de 10 y 17 de octubre de 2017 respecto al ex director general de Trabajo Juan Márquez y el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, "pues de no hacerse así las conductas de los mismos relacionadas con la concesión y pago de las ayudas a esta empresa quedarían impunes".

En el escrito, recogido por Europa Press, la Fiscalía recuerda que la juez Núñez acordó excluir del presente procedimiento como investigados a Márquez y Barberá, en aplicación de la doctrina fijada por la Sección Séptima de la Audiencia en diferentes resoluciones referentes a otras piezas separadas. Dichos autos fueron recurridos en apelación por el Ministerio Fiscal, recursos que han sido desestimados en su integridad por la propia Sección Séptima por recientes autos de 29 de enero de 2018.

Según la Fiscalía, la razón "fundamental" en la que descansa esa "exclusión del procedimiento" de Márquez y Barberá, "en síntesis", es la idea de que los hechos objeto de las presentes ya están incluidos dentro de los hechos por los que se ha formulado acusación contra ellos en el juicio que se celebra en la Sección Primera de la Audiencia por el conocido como 'procedimiento específico', según la doctrina emanada de, entre otros, los autos antes citados de la Sección Séptima.

La "exclusión" del procedimiento de un investigado en las piezas derivadas de las diligencias previas 174/11 -causa matriz- fue acordada por primera vez por la Sección Séptima en auto de 4 de mayo de 2017, al resolver el recurso de apelación que la representación procesal del ex director general de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) Jacinto Cañete interpuso contra el auto de 24 de octubre de 2016, por el que la magistrada denegó la petición de dicho investigado de que se decretase el sobreseimiento parcial subjetivo respecto de él en la pieza separada que investiga la ayuda concedida a Bética Industrial -diligencias previas 1379/2016-.

Según recuerda el Ministerio Fiscal en su escrito, la Sección Séptima estimó el referido recurso de apelación interpuesto por Cañete, revocando el auto de la juez Núñez de 24 de octubre de 2016, acordando en su lugar que las diligencias previas número 1379/2016 no se dirijan contra éste.

"No acordó, pues el sobreseimiento -ni provisional, ni libre- de las actuaciones, ni el archivo de las mismas, sino simplemente que el procedimiento no se dirigiera contra el recurrente", asegura el Ministerio Público en el escrito presentado ante la juez instructora el pasado mes de febrero.

Esta misma doctrina ha sido recogida en posteriores autos de la Sección Séptima y, sobre la base de la misma se acordó por autos de 10 y 17 de octubre de 2017 excluir del presente procedimiento como investigados a Márquez y Barberá, autos que han sido confirmados por otros de 29 de enero de 2018 de la citada sección.

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