Y todo depende…..¿de que depende….?
Un auto de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado el sobreseimiento libre de la investigación abierta a Luis Guerrero, nombrado director del Centro Andaluz de Flamenco, con sede en Jerez que nunca pisó mientras ejerció el cargo, al considerar que los hechos investigados no son constitutivos de delito, mientras continúa las diligencias previas en el caso del ex consejero de Educación y Cultura, Luciano Alonso, responsable del nombramiento.
El magistrado titular de la Sala, Miguel Pasquau Liaño, concluye en el auto que en el caso de Alonso "resta aún examinar su posible responsabilidad como autor de un delito de prevaricación administrativa", para lo que resulta necesario, a juicio del Instructor, "esperar al resultado de la diligencia de investigación acordada mediante providencia de 23 de mayo", por la se pedía ampliación de Informe a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, "y otras que se acuerdan en la parte dispositiva de esta resolución".
.....En cuanto a Guerrero, el auto considera que cobró un sueldo con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía mediante la atribución de un puesto de trabajo "con contenido prestacional real" y la actividad "efectivamente desplegada no puede considerarse ajena a la función pública".
En este sentido, el magistrado señala que el hecho de que el contenido concreto de las funciones por las que se le retribuyó "no sean las propias del puesto para el que fue nombrado puede, acaso, denotar una ilegalidad en el nombramiento (lo que se valorará en otro momento), pero no desde luego un delito de malversación del que el señor Guerrero resulte responsable o beneficiario", puesto que "conforme a jurisprudencia consolidada, no constituye malversación de caudales públicos el destino de fondos a finalidades diferentes de las previstas presupuestariamente, siempre que éstas redunden en beneficio del interés público", punto en el que el auto enmarca "el fortalecimiento de determinadas iniciativas culturales en la provincia de Málaga" -donde realmente prestó servicios Guerrero- "como una decisión de carácter político que en sí misma no podría calificarse como ilegal o ilegítima".
Alonso y Guerrero declararon este lunes en Granada, sede del TSJA, en virtud de la querella formulada por la Fiscalía. ....
Ver también enlace:
GORDILLO Y UTOPIA, GRANDES BENEFICIADOS. Miguel Pasquau, el magistrado 'del PSOE' que falla a favor de IU. El magistrado andaluz Miguel Pasquau Liaño, propuesto en 2001 por el PSOE, ha fallado en tres autos judiciales a favor de lzquierda Unida
Ver también enlace:
GORDILLO Y UTOPIA, GRANDES BENEFICIADOS. Miguel Pasquau, el
magistrado 'del PSOE' que falla a favor de IU. El magistrado andaluz Miguel
Pasquau Liaño, propuesto en 2001 por el PSOE, ha fallado en tres autos
judiciales a favor de lzquierda Unida
TRIBUNALES
Entiende que los hechos investigados no
constituyen delito
El TSJA archiva la causa contra el ex
director del Centro Andaluz del Flamenco que nunca pisó el centro
Un auto de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado el sobreseimiento libre de la
investigación abierta a Luis Guerrero,
nombrado director del Centro Andaluz de Flamenco, con sede en Jerez que nunca
pisó mientras ejerció el cargo, al considerar que los hechos investigados no
son constitutivos de delito, mientras continúa las diligencias previas en el caso del ex
consejero de Educación y Cultura, Luciano Alonso, responsable del nombramiento.
El magistrado titular de la Sala, Miguel Pasquau Liaño, concluye en
el auto que en el caso de Alonso "resta aún examinar su posible
responsabilidad como autor de un delito de prevaricación administrativa", para lo que resulta necesario, a juicio del Instructor,
"esperar al resultado de la diligencia de investigación acordada mediante
providencia de 23 de mayo", por la se pedía ampliación de Informe a la
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, "y otras que se
acuerdan en la parte dispositiva de esta resolución".
A tal fin, el instructor dirige oficio a la Secretaría General
Técnica de la Consejería de Cultura a fin de que informe de la persona
designada como director de Industrias Creativas y del Libro entre el 5 de mayo
de 2012 y el 17 de junio de 2015 y quién dirigía la Filmoteca de Andalucía con
fecha 10 de septiembre de 2013.
En cuanto a Guerrero, el auto considera que
cobró un sueldo con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía mediante
la atribución de un puesto de trabajo "con contenido prestacional
real" y la actividad "efectivamente desplegada no puede considerarse
ajena a la función pública".
En este sentido, el magistrado señala que el hecho de que el contenido concreto de las funciones por las que se le retribuyó
"no sean las propias del puesto para el que fue nombrado puede, acaso, denotar una ilegalidad en el
nombramiento (lo que se valorará en otro momento),
pero no desde luego un delito de malversación del que el
señor Guerrero resulte responsable o beneficiario", puesto que "conforme a
jurisprudencia consolidada, no constituye malversación de caudales públicos el destino de
fondos a finalidades diferentes de las previstas presupuestariamente, siempre que éstas redunden en beneficio del
interés público", punto en el que el auto enmarca "el fortalecimiento
de determinadas iniciativas culturales en la provincia de Málaga" -donde
realmente prestó servicios Guerrero- "como una decisión de carácter
político que en sí misma no podría calificarse como ilegal o ilegítima".
Alonso y Guerrero declararon este lunes en Granada, sede del TSJA,
en virtud de la querella formulada
por la Fiscalía. El magistrado instructor considera "acreditado" que el
nombramiento del director del Centro, en 2012, "no vino motivado como
causa principal" por la finalidad de ofrecer al señor Guerrero Jiménez un
"puesto de trabajo" con cargo a fondos públicos, pues ya ostentaba un
puesto de personal eventual en la Diputación de Málaga "con una previsible
permanencia hasta la disolución de dicho órgano en las elecciones municipales
previstas para 2015".
En la relación causa-efecto, al auto establece que "no es que
se nombrase a don Luis Guerrero como director andaluz de Flamenco porque
acababa de cesar en su anterior puesto de trabajo, sino que pidió el cese en
dicho puesto anterior para poder desempeñar el que se le ofreció, lo que sitúa
al señor Guerrero lejos de toda responsabilidad".
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