jueves, 3 de marzo de 2016

Máxima difusión. Enlace Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre la Agencia IDEA; estimación parcial. No hay costas + Comunicado Asociación Al Andalus + Noticia de prensa: Administración paralela. El TSJA cuestiona el entramado de agencias públicas de la Junta = Tenemos razón y el tribunal también lo sabe, pero existe una cobertura formal, versus "ingeniería jurídica ad hoc", que hasta la fecha no hemos podido tumbar, Ley de Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía; lo que hemos conseguido, que no vayan a más.... Jurídicamente todos sabemos que el ejercicio de las potestades administrativas, esta reservado a personal funcionario, y¿ que es lo que esta ¿haciendo de facto la junta institucionalmente, por la vía de los hechos?: Vaciar de recursos económicos, competencias y funciones a la Administración General de base constitucional y al personal funcionario para sostener a costa de la primera a la Administración instrumental, clientelar y digital, brazo ejecutor del "Regimen", en donde se produce todos los fraudes?¿Sres. junteros es mejor desviar el dinero público desde dentro, versus corrupción institucional y sistémica juntera? Lo que es se ve, leyendo lo que todos sabemos que son potestades públicas, página 10 y 12 del Fallo; sin desperdicio. Sres. junteros ¿el tinglado se les cae? cuestión de tiempo. Compañeros, seguimos sumando.



Las perlas de la Sentencia:
  • Fundamento sexto:  De ahí, la seria preocupación de la Asociación sobre la que sea este personal laboral, el que lleve a cabo el ejercicio de potestades administrativas reservadas constitucional y legalmente a los funcionarios públicos. Preocupación que comparte este Tribunal.


  • Fundamento Séptimo. Resulta obvio que por razones de oportunidad se ha optado en nuestra Comunidad Autónoma por una Administración Instrumental en detrimento de la Administración  Central y de los funcionarios públicos que la integra, que están viendo mermadas su funciones y carrera profesional......


Conclusión: Todos saben lo que ocurre, pero institucionalmente nadie actúa;  y ¿me pregunto es a los funcionarios a los que compete, parar este dislate?





La Constitución, es clara:  artículo 9.1. "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico". Y yo me pregunto, ¿cuando institucionalmente una Comunidad Autónoma  cambia el modelo constitucional de Administración pública, de funcionarial a digital laboral,  y sustituye a la Adminsitración General de base constitucional por la Administración "instrumental" y clientelar, quien lo para? ¿No es lo mismo que Cataluña con su independencia?


FUNCIÓN PÚBLICAAdministración paralela


 Funcionarios recurren el decreto que modifica los estatutos de IDEA y...


Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) pone en solfa todo el entramado de 19 agencias públicas empresariales diseñado por la Junta de Andalucía.


La Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, Sección Primera, del TSJA acaba de estimar parcialmente la demanda interpuesta por la Asociación de funcionarios de la Junta Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública, contra el Decreto 122/2014 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, que dirige el consejero José Sánchez Maldonado, que modifica los estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), una agencia pública empresarial.


El fallo avisa de que repartir subvenciones, abrir expedientes de reintegro para exigir la devolución de ayudas o hacer inspecciones son tareas reservadas por ley a los funcionariosy aunque se desarrollen en agencias públicas empresariales como IDEA deben ser ejercidas por el personal que tiene las competencias. Fuentes de la Asociación Defiendo mi Derecho han señalado a EL MUNDO que esta sentencia pone en cuestión a las 19 agencias públicas empresariales de la Junta, porque en ellas no hay funcionarios suficientes para ejercer estas potestades públicas. Y si el proceso no es correctotodo ello sería anulable por los tribunales, han avisado.


"No basta con que los actos finales sean dictados y firmados por el presidente de la Agencia, pues esa toma de decisión debe ir precedida de la instrucción de un procedimiento que incumbe exclusivamente a los funcionarios"destaca la sentencia del TSJA sobre IDEA, fechada el pasado 24 de febrero, pero notificada este martes. 


De hecho, el TSJA recuerda que así lo "hemos afirmado en numerosas sentencias respecto a encomiendas de gestión, anuladas por esta Sala y confirmadas por el Tribunal Supremo", ya que el "personal laboral" no puede llevar a cabo "actuaciones o funciones de dación de fe pública y gestión de registros administrativos, asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económica, financiera y presupuestaria, de evaluación, control, vigilancia e inspección", todas ellas "de naturaleza indudablemente administrativa". El fallo insiste en que el ejercicio de estas potestades administrativas, entre las que también están el reparto de subvenciones, están "reservadas constitucional y legalmente a los funcionarios públicos".


Esto quiere decir que todo el procedimiento para conceder subvenciones, por ejemplo, debería estar controlado por funcionarios o, de lo contrario, sería "anulable", ha advertido la Asociación Defiendo mi Derecho. "Las implicaciones son importantísimas porque está en cuestión todo el dinero que han podido repartir las 19 agencias públicas empresariales de la Junta porque no todo se ha hecho con funcionarios", ha señalado la fuente de esta asociación de empleados públicos.


El TSJA recuerda a la Junta que la Agencia IDEA debe cumplir este reparto de tareas entre los funcionarios y el personal laboral y hacer la correspondiente relación de puestos de trabajo (RPT)"no bastando adscribir unos cuantos funcionarios interinos, que resultan a todas luces insuficientes, dadas las numerosas potestades administrativas que tiene encomendada la Agencia.


"Será entonces cuando la Asociación podrá articular toda la defensa de los intereses profesionales de los funcionarios plasmadas en esas relaciones de puestos de trabajo, así como velar porque las actuaciones concretas de la Agencia reservadas a los funcionarios no sean atribuidas y desempeñadas por el personal laboral integrado" en IDEA, dice la sentencia.


Para conocimiento general.

Comunicado de los Compañeros de Cordoba.

Baja de la Asociación Al Andalus de Empleados Públicos de la Junta de Andalucia + Ingreso de remanente económico.



Información sobre la BAJA de la Asociación Al Andalus de Empleados Públicos de la Junta de Andalucía con efectos del 31/12/2015. 

Tal y como se acordó en la Asamblea del 23/09/2015 de la Asociación Al Andalus de EE.PP. de la Junta de Andalucía, durante el mes de Diciembre de 2015 se han llevado a cabo todos los trámites necesarios para dar de Baja la misma. 

 Igualmente, como se acordó, el saldo económico se ingresó en la cuenta de la Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública para que se incorpore a la recaudación de fondos que están llevando a cabo para sufragar la Defensa Jurídica de los tres Decretos que actualmente tienen impugnados judicialmente que pretenden posibilitar que la Administración Paralela pueda lleva llevar a cabo el ejercicio de Potestades Públicas, reservadas a los Funcionarios:

 - Decreto 8/2014 de 21 de enero, que modifica los Estatutos de la Agencia Andaluza de la Energía (AAE). 
 - Decreto 122/2014 de 26 de agosto por el que se modifican los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA). 
 - Decreto 184/2014 de 30 de diciembre por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID). 

 Tenéis toda la información en este enlace:

http://defiendomiderecho.blogspot.com.es/2015/12/recordemos-el-contenido-del-enlace.html

En Córdoba, 31 de diciembre de 2015 La Junta Directiva.


Comunicaros que el ingreso de Al-Andalus ha sido de  3.200 euros.; dado que como se recoge en el enlace disponible, que figura más abajo,  faltaban 4.731 euros, para cubrir las previsiones de gastos, después de esté  ingreso solo faltan 1.531,55 euros, para cubrir el presupuesto. Otra cosa importante, de la Sentencia es que no hay  condena en costas,  así que por ahora no realizaremos una nueva recaudación.  No obstante, valoraremos el contenido de  la Sentencia e iremos informando.


Resultado de la Recaudación de junio -julio 2015 para sufragar la 2ª vía judicial contra la Reordenación del Sector Público: 4.475 euros, gracias compañeros; otro paso al frente y seguimos sumando. Ver situación recursos judiciales ya entablados; hasta nuevo aviso, y si los plazos se cumplen, esperamos Sentencia IDEA antes de abrir otra recaudación. Hasta la fecha hemos recaudado 29.010 euros, el presupuesto completo de los tres recursos hasta el constitucional es de 33.741,55 euros, ya sólo faltan sólo faltan 4.731 euros.


Conclusión: 

Cuando se quiebra la Administración de base constitucional y nadie lo para, los resultados son los que son: ver enlace.





Máxima difusión. El asedio judicial a la Junta de Andalucía suma casi 600 imputados y 4.316 millones bajo sospecha + recordatorio enlace a "La caja negra del Régimen." . .... libérrima capacidad de compra de votos que da la libre disposición de recursos públicos....«Esto es así de simple», según remacha Sabalete. = El Régimen andaluz, con hechos ¿corrupción institucionalizada y sistémica con dinero público de todos?: Hablando en plata como el alcalde de la Algaba: "Se le dió porque me salió de la polla"; «Aquí se está a los pies del PSOE»:Formación, Invercaria, Fondos Jeremie, Marismas, Avales, Facturas falsas de UGT, Unidades Territoriales de Empleo, Bahía Competitiva. «Ingentes fondos públicos para favorecer» a entidades y empresarios próximos al PSOE con la participación de «los responsables políticos de la Junta de Andalucía» ¿Red de "clientelísmo político" de los "psociolistos", articulada institucionalmente "con ingeniería jurídica "ad hoc" a través de la Administración instrumental y paralela; brazo ejecutor del Régimen andaluz?





http://www.elmundo.es/andalucia/sevilla/2016/03/02/56d60b9a268e3ee1228b4616.html


TSJA  Sentencia notificada  1-3-2016  modificacion Estatutos Agencia IDEA 1-3-2016 - potestades publicas

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