sábado, 13 de febrero de 2016

El TSJA rechaza que la empresa de dos ex concejales de El Pedroso devuelva un millón de euros a la Junta = ¿Y así funciona el Régimen andaluz; dando ayudas discrecionales y nulas a la familia de los psociolistos, con dinero público de todos.? Ver más en enlace de más abajo, ya publicado

TRAMA DE LOS ERE. La consejería de Innovación declaró nula la concesión de la ayuda





El TSJA impide al Gobierno andaluz recuperar 900.000 euros de una ayuda irregular de los ERE, versus, "Andalucía la historia interminable del mundo al revés" = ¿Discrecionalidad administrativa y juntera? ¿Y la Junta pretendía, ahora en sede judicial mediante una revisión de oficio de una ayuda viciada de nulidad de pleno derecho y que ha supuesto un grave quebranto económico de las arcas pública, recuperar un dinero que ella misma libero previamente mediante el dictado de una Resolución administrativa? Volvamos a los orígenes ¿por que dictó un acto administrativo viciado de nulidad absoluta? ¡¡¡¡Viva la discrecionalidad juntera para liberar el dinero público de todos!!!! ¡¡¡Esto es jauja!!!!. ¿Se les ha exigido responsabilidad patrimonial a los intervinientes: e inhabilitación para cargo público?. Como siempre, hagas lo que hagan los junteros "No pasa na de na".Al final las cosas no ocurren por casualidad ¿se hacen y se permiten? ¿ Después la Junta acude a sede judical, para lavarse la cara y ahora resulta que la culpa del enredo que ellos mismos generaron, es del TSJA?




Piensa: ¿Quien se ha llevado mi dinero; ese que pagamos todos los ciudadanos?



TRAMA DE LOS ERE

La consejería de Innovación declaró nula la concesión de la ayuda
El TSJA rechaza que la empresa de dos ex concejales de El Pedroso devuelva un millón de euros a la Junta

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una sentencia por la que rechaza que una empresa de dos exconcejales del PSOE de El Pedroso (Sevilla) tengan que devolver a la Junta de Andalucía la ayuda que recibió de casi un millón de euros dentro de la partida de los ERE.

La sentencia rechaza la resolución del 20 de julio de 2014 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo que declaraba nula la concesión realizada en septiembre de 2003 de una subvención específica e incondicionada por valor de 900.759 euros y exigía su devolución.

Tras esa resolución, el abogado Juan Carlos Alférez, que defiende a uno de los exconcejales y luego empresario, José María Sayago, presentó un recurso que ha estimado parcialmente la sala de lo contencioso administrativo del TSJA respecto a la ayuda concedida a "Marco de Estudio y Proyección Siglo XXI".

En su decisión, el TSJA precisa que la ayuda concedida por la Junta es "nula" por "inexistencia de procedimiento alguno de concesión", pero rechaza que se devuelva "por razones de seguridad jurídica".

En este sentido, recuerda que el Tribunal Supremo "no ha dudado en numerosas ocasiones en dar prevalencia al principio de seguridad sobre el de legalidad".

El TSJA subraya que, en esta subvención, no existió solicitud de ayuda y "se prescindió total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido", y añade que la Administración "eludió todos y cada uno de los trámites" previstos en la Ley General de Subvenciones previstos para su concesión y gestión.

El abogado ha explicado a Efe que ha presentado cuatro contenciosos similares a éste que ha ganado, y ha mostrado su convencimiento en que los que restan por resolver también serán favorables a su cliente, que estuvo asociado hasta 2007 con el exconcejal José Enrique Rosendo, recientemente fallecido.

Según el abogado, las empresas del "tándem" Rosendo-Sayago, como los denominó la Guardia Civil, recibieron casi 14 millones de euros de ayudas, aunque les concedieron más.

La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, por su parte, cifró en 34 millones de euros el dinero que se les concedió a ambos exconcejales.

Tras la sentencia, el abogado ha explicado que "los clientes siempre han defendido que las empresas del mal denominado tándem Rosendo-Sayago emplearon la totalidad de las ayudas recibidas en un proyecto empresarial que generó empleo y riqueza en una comarca social y económicamente deprimida", lo que "quedará demostrado cabalmente en el proceso".

Además, ha calificado como "muy relevante que los tribunales del especializado orden contencioso administrativo hayan decretado que las ayudas no tienen que ser devuelvas a la Junta de Andalucía".

"Estimamos que si los Tribunales contencioso administrativo resuelven a favor de estas empresas, los tribunales penales no podrían resolver de manera más lesiva al deber quedar limitados por el principio de intervención mínima y de especialidad", ha concluido el abogado.


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