martes, 3 de noviembre de 2015

Máxima difusión BOJA 29-10-2015. Contrato plurianual AGAPA; cinismo juntero. = Sigue vaciándose de competencias a la Administración General y legitima. Como se ve en el BOJA, la Junta sigue ejecutando su plan y sigue transvasando las competencias y funciones de la Consejeria matriz a la Administración paralela, brazo ejecutor del Régimen. Crean una Empresa publica y después la convierten en Agencia ¿administrativa?; el resultado, es.....ahora todos iguales, juntos y revueltos, ¿laborales digitales privados "subrogados" trabajando con Empleados públicos (funcionarios y laborales de la junta? ¿Y todos son competentes para hacer lo mismo? La Junta es jauja....¿Cambiar las cosas para seguir haciendo lo mismo?


Acuerdo de 6 de octubre de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el contrato plurianual de gestión de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía para el período 2015- 2018.

Núm. 211 página 14.  BOJA. 29 de octubre 2015 1. Disposiciones generales Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural



Magia juntera ¿¿¿¿?????...





La doctrina del TS es clara y los junteros lo saben.. ....."La reorganización administrativa de las autoridades públicas administrativas y el traspaso de funciones administrativas entre autoridades públicas administrativas"), en caso, decíamos, de que tenga un campo de actuación en el ámbito de las Administraciones Públicas, lo tendrá de manera matizada y moderada por los principios de acceso al empleo público que ya hemos mencionado, y sin que pueda servir de norma de cobertura o "puerta falsa" para permitir un acceso al margen de aquellos principios ....sin que el art. 44ET pueda servir, como se pretende, de excusa o cobertura para eludir las exigencias legales en aplicación del precepto que sólo podemos afirmar que supone un fraude de ley en el sentido del art.6.4 del C.c (LEG 1889, 27) .







TOTAL PERSONAL AGENCIA 2015 = 2.719

 Altos cargos 2 
Jefaturas de Servicio / Subdirecciones 12 
Personal Funcionario 752
Personal Laboral JA 383
Personal Laboral AGAPA 1.570 







¿1.570 personas a dedo, mezcladas con el personal Funcionario y laboral de la Junta de Andalucía, para vestir el "totus revolutum", y aquí todos son iguales, la clientela juntera y los profesionales públicos  con acceso al empleo público de acuerdo con la Constitución artículo 23.2 de la Constitución? 





¿1570 "digitales clientelares" a los que se  atribuye en fraude de ley, el  trabajo que corresponde a los funcionarios y laborales de la Consejería matriz? ¿Dos entidades Consejerias y Agencia para hacer lo mismo? ¿Menudo montaje, con "ingeniería ad hoc" que sufragan los ciudadanos? 



¿Hay que mantener y sufragar a la Administración paralela, brazo ejecutor del Régimen, por razones de eficacia y de interés general?


¿Por cierto no se sufragaba con las famosas transferencias de financiación, no es esta Agencia, lo que antes era la Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero,  a la que se le enviaba el dinero publico, que manejaban  sin funcionarios y sin fiscalización previa? ¿Para resolver el entuerto, quiebran el ordenamiento jurídico constitucional vigente y con "ingenieria ad hoc" venden la milonga, Reordenación del Sector Público y demás;.....??? Primero empresa y ¿ahora Agencia administrativa? lo que antes era una encomienda ¿ahora  lo llaman contratos de gestión, ? 



Conclusión. Cambiar las cosas para seguir haciendo lo mismo. Un fraude monumental y una tomadura de pelo al ciudadano ¿Irregularidad administrativa, venga ya, las cosas no ocurren por casualidad en el Régimen andaluz?

Reordenación del Sector Público de Andalucía 2010-2015 se desmantela la Administración constitucional de la JA



Ver  más en enlaces.

Máxima difusión.Ratifican el "mal" uso del sistema de los ERE en 8 empresas públicas; interventores admiten el "abuso en fraude de ley" de las transferencias de financiación.= Dinero desviado para financiar a su Administración paralela, brazo ejecutor del Régimen; este modelo se consolido en la Ley de Reordenación del Sector Público; sin funcionarios y sin fiscalización previa; con ello los junteros , en "fraude de ley constitucional" diseñaron un modelo de gestión pública, clientelar y no profesional; al servicio de intereses partidistas, mediante Ingeniería "ad hoc". El resultado, la quiebra irreversible del modelo constitucional; Articulo 149.1.18 Bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 9.1 y 3, 14, 23 y 103 de la Constitución, sus resultados Eres, Formación, Invercaria, Empresas públicas, Consorcios...... Un fraude monumental, institucionalizado por nuestros "gobernantes" ¿irregularidad administrativa; venga ya...?; las cosas no ocurren por casualidad.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Identifícate para poner comentarios.
Los comentarios solo se podrán poner durante unos días...